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  • SALARIOS DE TRAMITACIÓN Y LA IMPOSIBILIDAD DE READMISIÓN

Con motivo de una reciente consulta que hemos recibido en el despacho respecto a una situación de despido similar, os planteamos la siguiente conclusión sobre la readmisión y salarios de tramitación.

Así, una vez efectuado el análisis de jurisprudencia efectuado a tal propósito, nos centramos en el caso de una trabajadora que vio extinguido su contrato de trabajo, antes de la finalización de su contrato temporal.

Tras declararse la improcedencia del despido, la empresa fue condenada por el TSJ de Castilla la Mancha al pago de la indemnización por despido improcedente más los salarios de tramitación hasta la fecha de extinción de su contrato de trabajo temporal. La readmisión resultaba imposible, ya que al momento de la sentencia ya se había extinguido la relación laboral.

La empresa recurrió dicha sentencia, que defendía la indebida condena a los referidos salarios de tramitación. Este recurso dio lugar una nueva sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en fecha 10 de enero de 2023. Aquí, la Sala de lo Social amplía su propia doctrina sobre cómo aplicar el derecho de opción empresarial en caso de despido improcedente de un trabajador antes de llegar a término el contrato temporal, cuando resulta imposible su readmisión.

El Alto Tribunal establece que la opción entre indemnización y readmisión, es una obligación alternativa, y que el despido extingue la relación laboral en la fecha de efectividad del despido. Por tanto, este escenario no es compatible con el devengo de salarios de tramitación.

En las previsiones normativas actuales, tales salarios sólo están previstos en los supuesto de despido nulo, o para el caso de que, en una declaración de improcedencia, se produzca la opción por la readmisión.