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Tras 9 meses de negociaciones entre el Ministerio de la Seguridad social y las asociaciones de autónomos (ATA, UPTA y UATAE), logran un entendimiento. Para el trienio 2023-2025, el gobierno español y las patronales han acordado rebajar el RETA, es decir, las cuotas mínimas que pagan los autónomos para los tramos con menores ingresos mensuales y subirlas para los tramos con ingresos más elevados.
El real decreto ley se aprobará en el Consejo de Ministros el próximo martes. Una vez aprobada en el Congreso de los Diputados, dicha ley afectará a 3.3 millones de pequeños empresarios y trabajadores. Algunos de los puntos clave de la reforma son:
– Ampliación de la protección por desempleo
– Los autónomos sin trabajadores también se podrán acoger a la protección por desempleo
– El colectivo se podrá acoger al mecanismo de protección de las empresas RED
– Cuota de 80 euros durante el primer año de actividad
– Todos los autónomos deberán hacer la declaración de la Renta independientemente del volumen de ingresos
– Se podrán deducir hasta un 7% de los gastos de difícil justificación
– Los mayores de 47 años podrán cotizar por las bases máximas con objeto de mejorar su futura pensión.
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