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Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha cuestionado la legislación laboral al elevar la indemnización, por despido improcedente de un empleado, de 33 a 48 días por año trabajado.
El argumento utilizado por el tribunal es que este incremento de la indemnización es posible en situaciones en que la cantidad asignada al trabajador sea claramente insuficiente y no tenga el efecto disuasorio en la empresa.
La ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha compartido este criterio, abogando por una indemnización por despido improcedente que se adapte a las circunstancias de cada trabajador. Así, propone que se observen factores como la edad, la situación económica, el patrimonio, la formación o la capacidad, del empleado despedido, de volver a encontrar un trabajo.
No obstante, la ministra ha dejado patente que no se llevará a cabo ninguna reforma a este respecto durante el tiempo que queda hasta el final de la legislatura, en diciembre del año en curso.
Asimismo, se espera la reacción del Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que actualmente estudia el recurso presentado por los sindicatos UGT y CCOO para que, al igual que ha sucedido en Francia y en Italia, España también eleve la compensación para el trabajador en situación de despido.
Por otra parte, también está por ver qué posición adoptan las empresas a este respecto, en caso de hacerse efectivo.
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